Contrataciones de Personal con cargo a Proyectos I+D

19 julio 2024

Por Consejo de Gobierno de fecha 28 de junio de 2022, se aprueba el nuevo (abre en nueva ventana) Reglamento para la Contratación del Personal Investigador y Personal Colaborador en tareas de Investigación (PDF)

Dicho Reglamento incluye una Disposición Final, que establece que el presente reglamento entrará en vigor el día 7 de julio de 2022.

Por ello, para las nuevas contrataciones laborales que se pretendan efectuar a partir de esta fecha, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

Las categorías del personal investigador y del personal colaborador en tareas de investigación serán las siguientes:

  • Personal Investigador:
    1. Investigador Senior: debe poseer el grado de Doctor, con capacidad para realizar tareas de investigación con plena autonomía y responsabilidad, de coordinación de proyectos de investigación y realizar tareas de difusión de los resultados de investigación.
    2. Investigador Junior: debe poseer el grado de Doctor, con capacidad para realizar tareas de investigación, orientadas a la obtención de un elevado nivel de perfeccionamiento y especialización, que conduzcan a la consolidación de su carrera profesional, así como colaborar en tareas de difusión de los resultados de investigación.
    3. Investigador en Formación: debe poseer el título de licenciatura, ingeniería, arquitectura o grado universitario con al menos 300 créditos ECTS (European Credit Transfer System) o máster universitario, o equivalente, y haber sido admitido o estar matriculado en un programa de doctorado.

El personal contratado conforme a cualquiera de estas categorías tendrá exclusivamente carácter investigador, lo que así se hará constar en la correspondiente convocatoria.

  • Personal colaborador en tareas de investigación
    1. Titulados superiores I: Licenciado, Ingeniero, Graduado con Máster, o titulaciones equivalentes a las anteriores.
    2. Titulados superiores II: Graduado o equivalente
    3. Titulados de grado medio: Diplomado o equivalente
    4. Técnicos especialistas: Bachiller o equivalente
    5. Auxiliares: Graduados en ESO

NOTA: la jornada ordinaria de trabajo efectivo será de 37 horas y 30 minutos semanales, y 1627 horas anuales.

Aspectos a tener en cuenta para la selección la selección de personal (.PDF) (abre en nueva ventana) con la finalidad de realizar obra o servicio determinado para colaborar en el desarrollo de proyectos y actividades concretas de investigación científica o técnica.

Para iniciar convocatoria de investigación o prorrogar un contrato, deberá utilizar los ANEXOS que constan en la pestaña de FORMULARIOS PI.

A continuación, detallamos información que le permitirá calcular el COSTE DEL CONTRATO, diferenciada en base a la normativa por la que se debe regir el mismo:

NOTA IMPORTANTE:

Con fecha 27/02/2024, quedan actualizadas las tablas salariales conforme a lo establecido como consecuencia de la publicación de la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección de cese de actividad, FOGASA y Formación Profesional para el ejercicio 2024, así como el correspondiente incremento de retribución.

  1. Reglamento vigente:

Dicho Reglamento incluye una disposición transitoria Primera, que dispone que:

«Los contratos con cargo a actividades de investigación gestionados por la UMH celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento, continuarán vigentes en los mismos términos hasta la fecha de finalización prevista en el contrato, o prórrogas necesarias para la ejecución de la obra o servicio que ha dado lugar a dicho contrato.».

Por ello, para aquellos contratos laborales que estén vigentes a 1 de mayo de 2021, o que se hayan iniciado como consecuencia de proceso selectivo resuelto con fecha anterior a la del 1 de mayo, y que sea necesaria su continuidad en el tiempo, les será de aplicación la normativa anterior.

  1. Reglamento anterior (contratos formalizados antes del 01 de mayo de 2021):

Excepcionalmente, para los contratos Indefinidos o que se iniciaran en el marco de la normativa anterior al 01/01/2016, deberán aplicarse las siguientes:

Advertencia: estamos en proceso de actualización de la información. disculpad las molestias

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